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El Ayuntamiento de Madrid reducirá la velocidad en calles de plataforma única

Madrid reducirá a 15 km/h la velocidad en calles de plataforma única y habrá bus a demanda diurno en algunas zonas
Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

También se contemplará que los menores de 15 años puedan desplazarse en vehículo de movilidad personal (VMP) siempre que lo hagan acompañados

La nueva ordenanza de Movilidad Sostenible en la ciudad de Madrid incluirá la limitación de velocidad de vehículos a motor a 15 km/h en calles de plataforma única sin elemento separador entre calzada y acera, así como que haya un autobús a demanda diurno en zonas y líneas «con baja densidad de población o alejadas de edificaciones».

Son tres de las 68 enmiendas aprobadas ayer en la Comisión Extraordinaria de Medio Ambiente y Movilidad necesaria para aprobar la ordenanza por la que se modifica la ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018. Se votaron en comisión 207 enmiendas. De las aprobadas, 28 del PSOE, 24 del PP (transaccionadas con Grupo Mixto), 14 de Más Madrid y 2 de Vox.

El número de enmiendas aprobadas aún no está cerrado porque continúan las negociaciones hasta el día de la sesión plenaria.

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De este modo, se incluirá en el texto que los vehículos a motor deberán limitar la velocidad a 20 km/h en vías urbanas que dispongan de plataforma única de calzada y acera cuando existan elementos separadores entre las mismas (bolardos) y a 15 km/h cuando no los haya.

Se incluye rebajar a 20 km/h la velocidad de los vehículos en entornos escolares y se reduce de 23 a 22 horas el acceso de motocicletas a la zona de bajas emisiones distrito Centro.

Se prohíbe el estacionamiento del motosharing en las aceras cuando exista una reserva específica para estos vehículos a menos de 100 metros, y habrá puntos de carga y descarga de mercancías en todos los aparcamientos de titularidad municipal para facilitar la distribución urbana de mercancías de última milla.

Habrá un Consejo de Movilidad Sostenible tres meses después de la entrada en vigor de la ordenanza para seguimiento, control y evaluación de la normativa y la aplicación de sus medidas.

LA BICICLETA

Por su parte, los aparcamientos para bicicletas se situarán lo más cerca posible a las entradas principales y a la vía ciclista que pudiera haber, así como si hubiera una estación de transporte público próxima. Se eleva de metro a metro y medio la distancia que debe de guardar un ciclista de un peatón y las fachadas.

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Las bicicletas podrán circular en ambos sentidos de la marcha en ciclocalles, calles residenciales y de plataforma única limitadas a 20 km/h. La bicicleta tendrá prioridad de paso.

Las bicicletas podrán circular por parques y jardines públicos urbanos en caminos de más de tres metros de ancho y los menores de 15 años podrán ir en VMP (antes estaba prohibido) siempre que vayan acompañados (en otro patinete) y bajo responsabilidad de sus padres o tutores.

Se rebaja de 20 km/h a 15 km/h la velocidad de las bicicletas en sendas ciclables, donde tendrá prioridad el peatón. Además, quedará prohibida la circulación de bicicletas multi tándem o de pedaleo múltiple para fiestas y eventos («bicibirras») salvo autorización expresa.

APARCAMIENTOS

La ampliación del SER en otros barrios se llevará a cabo siempre que cuente con acuerdo previo favorable de la Junta de Distrito tras haber consultado a los vecinos y asociaciones vecinales afectadas.

Se incrementa del 75% al 80% el mínimo de plazas verdes (para residentes) de estacionamiento regulado en cada barrio (PSOE).

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