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La Marquesa de Núñez se aferra al título y al palacete del Homeopático

palacete Homeopático Marquesa Núñez
Palacete del Homeopático (Google Maps)

El Supremo mantiene a una mujer el título de Marquesa de Núñez, origen de disputa por el palacete del Homeopático

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de mantener a una mujer zaragozana el título de marquesa de Núñez, origen de disputa familiar por poseer en pleno barrio de Chamberí el palacete del siglo XIX en el que se ubica la Fundación Instituto Homeopático y Hospital de San José. Construido con estilo neogótico en 1878, el inmueble fue declarado Bien de Interés Cultural (BIC).

Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press. En el auto, el Alto Tribunal desestima los recursos de infracción procesal y de casación interpuestos por uno de los supuestos herederos, Alfredo García Alix Pérez, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza de 21 de junio de 2017.

Este palacete esconde una disputa familiar y legal que tiene su origen en la década de los 90′ para pugnar por el marquesado de Núñez; éste lleva aparejado la propiedad del inmueble de 2.100 metros cuadrados. El edificio se ubica en una parcela de 3.000 metros situada en la calle Eloy Gonzalo, a la altura de los números 3 y 5.

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El pasado octubre, el diputado regional socialista, Diego Cruz, instó a la Asamblea de Madrid a recuperar este edificio histórico; actualmente vacío y en desuso. La agrupación pretende evitar que se especule con él a raíz de una herencia «sin que nadie se haga cargo del dinero público invertido». Y es que la cuantía destinada por el erario público asciende a alrededor de tres millones de euros.

 

Origen del pleito

García Alix Pérez demandó a María José Fernández Rodríguez para reclamar su título como descendiente biológico del marqués de Núñez. Así, acudió a la Justicia para que declarase su «mejor derecho» para ostentar el título de Marqués de Núñez -que actualmente recae en la demandada-. Asimismo, solicitó que se declarase la vacancia definitiva del título de Marqués de Núñez por haber fallecido el II Marqués de Núñez sin hijos y descendientes habidos en constante y legítimo matrimonio.

La sentencia apelada, y que ahora se confirma, sustentaba su rechazo a la demanda en la falta de relación de consanguinidad entre el demandante y el último poseedor legítimo del título. Esto «excluye la aplicación del principio de propincuidad para la determinación del mejor derecho a poseer el título». Dicha conclusión se apoya en la sentencia firme de 15 de diciembre de 2015 de la que resulta que el II Marqués y la bisabuela del demandante no eran hermanos.

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