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La 20ª denuncia contra Ayuso por su gestión de las residencias ha sido archivada

Archivan la 20ª denuncia contra Ayuso por su gestión de las residencias. Distrito.es
Archivan la 20ª denuncia contra Ayuso por su gestión de las residencias.
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Elena Basanta

Licenciada en Periodismo, experta en contenidos web y redes sociales, pódcast. Experta en analista de política nacional.

La Audiencia Provincial archiva otra denuncia presentada contra Isabel Díaz Ayuso por su administración de las residencias durante la crisis del COVID-19. Han argumentado que la acusación, que le atribuye la responsabilidad de las muertes, «omite que la pandemia afectó a una gran parte del mundo, no solo a la Comunidad de Madrid». Aseguran que han habido «consecuencias muy similares en numerosos países». Se trata de la vigésima causa que la presidenta de la Comunidad de Madrid ha ganado. Según la sentencia, la investigación «no ha aportado indicio alguno», por lo cual se considera pertinente archivar el caso por el delito de homicidio. Debido a ello resulta «innecesario repetir ahora los presupuestos que la jurisprudencia exige para evaluar la imprudencia médica», se agrega.

Asimismo, se menciona el crimen de falta de ayuda, del que se ha acusado reiteradamente a Ayuso por no llevar a los muertos al centro hospitalario. No obstante, el Tribunal Provincial aclara que es imposible «extraer rastro alguno de desamparo del paciente». El Tribunal Supremo ya señaló anteriormente que es no se puede imputar a alguien como responsable de un asesinato o de lesiones graves si no se puede establecer una conexión de causa y efecto entre su acción u omisión y el resultado mortal o lesivo. En relación a esto, el Tribunal Supremo agregó que «esta conexión de causa y efecto no puede ser construida de manera generalizada y difusa».

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En la denuncia contra Ayuso se valoran las pruebas por encima de las estadísticas

Así, para asignar la responsabilidad de los fallecimientos se debería comprobar que «de haberse llevado a cabo la omisión de acción, se habrían evitado los resultados dañinos y mortales». Esto implica que se debería demostrar que «si no se hubiese ocultado información o se hubiese anticipado la decisión política del confinamiento, se habrían prevenido los perjuicios». Sin embargo, explican, «la imputación de actos homicidas o dañinos no puede basarse en términos estadísticos, sino únicamente en pruebas relacionadas con el suceso».

La sentencia señala que el informe pericial es «contundente». Por otro lado deja claro que es «aventurado pensar que la vida del paciente se habría salvado si se le hubiera trasladado». Además, señala que en estos casos el virus se suma a otras enfermedades anteriores de los fallecidos. Por lo tanto, se concluye que el tratamiento recibido en las residencias cumplió con los estándares adecuados. En caso de haberse recomendado el traslado al hospital, es posible que el resultado hubiera sido el mismo. Esto se debe a la alta tasa de mortalidad del COVID-19 en personas mayores con enfermedades asociadas en las fechas mencionadas.

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Los datos de la denuncia contra Ayuso «no se ajustan a la realidad»

El juez afirma también que en la denuncia se encuentran datos que no se ajustan a la verdad, los cuales ha podido corroborar simplemente con «examinar la descripción de la historia médica» para tener la seguridad de que se les suministró el tratamiento correcto y correspondiente. Basándose en todas estas razones, la Audiencia Provincial ha ordenado el archivo de las investigaciones, y ha dictaminado que «llegar a la conclusión de que no se ha demostrado la causalidad no puede considerarse un juicio imprudente», como «sí lo sería considerar que el traslado al hospital hubiera impedido el fallecimiento».

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