El Juzgado de Primera Instancia número 54 de Madrid ha decidido que Andrea T.M., la pareja del exministro José Luis Ábalos, tiene derecho a recibir una indemnización de 6.000 euros debido a una «invasión ilegítima de su derecho al honor» que ocurrió tras la divulgación en la web Alerta Digital de un artículo en el que se la describía como «fulana».
Tal como se detalla en la resolución a la que Europa Press ha podido acceder, se expone que la reclamación interpuesta por Andrea T.M. estaba dirigida contra el sitio Alerta Digital y José Armando Robles por una vulneración ilegítima de sus derechos al honor y a la privacidad personal y familiar, después de la divulgación en 2022 de un artículo que iba acompañado de un vídeo donde se observaba al exministro caminando por las calles de Ámsterdam junto a su pareja.
Se enfatizaba, en particular, que el contenido había generado «serios perjuicios morales» en él, dado que el vídeo estaba acompañado del mensaje: «El exministro del PSOE, José Luis Ábalos, al estilo de Homer Simpson, recorre las calles de Ámsterdam con una joven que podría ser su nieta».
A esto se añadía que el texto que acompañaba a la grabación y a una imagen obtenida del mismo –en la que se les reconoce– estaba «repleto de observaciones despectivas y extremadamente hirientes tanto hacia la reclamante como hacia su pareja amorosa».
«EVIDENTEMENTE INSULTANTE»
En dicha demanda, la pareja de Ábalos argumentaba que, aunque el exministro sea una figura pública, en esta situación específica su derecho a la imagen personal y a la privacidad debería «primar al ser una persona anónima para la mayoría de la población», y añadía que era «inaceptable que se le etiquetara sin fundamento y de manera falsa como ‘fulana’ y ‘prostituta bajo el control de la mafia de proxenetas'».
El juez aclara que «las palabras utilizadas en la cronología sobrepasan los límites de la libertad de expresión y afectan el derecho al honor de la demandante», y subraya que en dicho artículo se emplea el término ‘fulana’ con el significado que define la RAE para aludir a una prostituta, «lo cual, sin lugar a dudas, tiene un valor claramente despectivo».
No obstante, los jueces apuntan que en el documento «no se exponen informaciones personales o privadas de la persona que reclama» y que la grabación fue realizada por un tercero en la vía pública mientras se encontraba «junto a un individuo de interés público y relevancia social», habiendo sido compartida anteriormente en plataformas sociales.
Debido a esto, la demanda solo se valora de manera parcial en lo que respecta a la violación del derecho al honor, y les ordena compensar los daños morales ocasionados con una suma de 6.000 euros.
Junto con esta compensación, se ordena al sitio web que dé a conocer el encabezado y la resolución de la sentencia, así como que elimine de sus archivos electrónicos tanto el título como el contenido que fue publicado en agosto de 2022, «evitando la publicación de otros artículos que contengan expresiones semejantes relacionadas con la parte demandante».
Según fuentes legales que han sido consultadas por Europa Press, se observa que las fotografías del recorrido de Ábalos y su compañera por Ámsterdam han sido empleadas en numerosas ocasiones por distintos medios de comunicación para identificar erróneamente a la expareja del exministro JRG, cuando en verdad se refieren a su actual pareja, Andrea T.M.