El juez que investiga a Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, ha enviado al Tribunal Supremo una exposición razonada pidiendo que investigue al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por malversación y falso testimonio por la contratación de Cristina Álvarez. El magistrado considera que la instrucción ha revelado suficientes indicios para imputar a Bolaños por estos presuntos delitos.
En la exposición razonada, Peinado sostiene que «se eleva a la Sala Segunda del Tribunal Supremo al considerar que la competencia para continuar la instrucción de la causa para el total esclarecimiento de los hechos recogidos en esta pieza podría corresponder a ese Alto Tribunal».
Al parecer, Bolaños habría incurrido en falso testimonio durante su declaración como testigo el 16 de abril de 2025, cuando negó tener conocimiento sobre el nombramiento de Cristina Álvarez Rodríguez, quien fue asistente personal de la esposa del presidente del Gobierno y es investigada en este caso por presunto tráfico de influencias, apropiación indebida y malversación de fondos públicos.
Según el juez, existe una contradicción entre el testimonio prestado y la documentación aportada, lo que constituye en un presunto delito de falso testimonio tipificado en el artículo 458 del Código Penal. El documento judicial señala que «el testigo, ahora investigado, manifestó que la persona que había realizado el nombramiento, era el que había realizado un certificado», cuando las evidencias posteriores demostraron lo contrario.
En cuanto al presunto delito de malversación, Peinado explica que «los trabajos desarrollados por Álvarez no se han limitado a los de asistenta en las actividades llevadas a cabo por la esposa del presidente del Gobierno, en su condición de tal, y meramente protocolarias, y sin ánimo de lucro o de carácter benéfico, sino para atender las necesidades que en actividades de carácter privado ha venido llevando a cabo» Gómez.
«Desde el primer día en que se efectuó el nombramiento de Álvarez, ha percibido sus retribuciones con cargo a los presupuestos generales del Estado», subraya el responsable del juzgado madrileño.
Peinado expone que, «como quiera que el delito de malversación de caudales públicos tiene la consideración de un delito de carácter permanente, todas aquellas personas que tuvieran bajo su responsabilidad la administración del correcto destino del patrimonio público, si no llevan a cabo las actuaciones necesarias para evitar que se continúe dando un destino distinto al que es propio para los caudales públicos, deben ser consideradas partícipes en dicho delito».
Y Bolaños, continúa, «en su condición (entonces) de secretario general de la Presidencia» y «hasta la actualidad» ha estado «totalmente vinculado y en cargos de máxima responsabilidad con una relación estrecha con la presidencia del Gobierno y que, por tanto, tenía bajo sus responsabilidad esa correcta administración del patrimonio público que estaba a su cargo».
Para Peinado, en esta tesitura «solo cabría haber acordado la diligencia de entrada y registro en el edificio, perteneciente al Complejo presidencial de La Moncloa, donde constan los archivos en los que ha de aparecer el documento en el que se propone el nombramiento» de Álvarez».
Sin embargo, él mismo añade que, «por ahora, sería contraria al principio de proporcionalidad y, encontrándose, por tanto la instrucción en una situación en la que resulta imposible continuar la investigación judicial sin quebrantar el derecho de defensa» de Bolaños, propone que sea el Supremo, por ser el tribunal competente, quien dé los pasos que el instructor considera necesarios.
En concreto, pide que cite de nuevo a Bolaños pero ya como imputado «con la debida asistencia letrada y todos los derechos previstos en nuestro ordenamiento jurídico».
También ve necesario requerir «toda la documentación que obra en los archivos correspondientes relativos a la propuesta y nombramiento» de Álvarez, «con especificación de las funciones que se le asignan para ese concreto cometido».
Y, además, propone reclamar la «relación de todos los pagos que se han realizado» a Álvarez, «especificándose la partida o partidas presupuestarias de las que se ha aprobado el correspondiente gasto».