Una petición de rectificación fue enviada por los abogados defensores de Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, al diario El País, en relación a una noticia titulada de la siguiente manera: «La pareja de Ayuso aceptó ocho meses de cárcel y pagar 491.000 euros en un pacto que estalló al aceptar la jueza estudiar más delitos».
Este lunes estaba programada la comparecencia de González Amador ante la jueza María Inmaculada Iglesias del Juzgado de Instrucción Nº 19 de Madrid, en condición de investigado por la supuesta realización de dos delitos de defraudación tributaria y un delito de falsedad en relación a un supuesto fraude fiscal que le atribuye la Fiscalía de Madrid.
PSOE y Más Madrid, presentados como acusación popular, pidieron a la jueza un aplazamiento de su declaración para investigar otros posibles delitos tales como administración desleal. La magistrada decidió al final posponer la audiencia por una cuestión procesal para informar a las partes.
En la misiva enviada a El País, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, los abogados indican que la información previamente mencionada «contiene las siguientes informaciones incompatibles con la verdad», tanto en el titular -«La pareja de Ayuso aceptó ocho meses de cárcel y pagar 491.000 euros en un pacto que estalló al aceptar la jueza estudiar más delitos»-, como en la cabecera -«pero el trato se frustró al admitir la magistrada estudiar más delitos»- y en el cuerpo de la noticia – «ahora, el pacto ha vuelto a quedar en pausa debido a que la jueza, María Inmaculada Iglesias, ha aceptado indagar sobre los cuatro posibles delitos que el PSOE y Más Madrid, personados como acusación popular, aprecian en los hechos: administración desleal, falsedad contable, corrupción en los negocios y delito contable»-.
Los abogados del novio de Isabel Díaz Ayuso señalan que «la magistrada no ha aceptado estudiar o indagar más delitos» ya que «las declaraciones judiciales no pueden producirse sin que las partes y la magistrada se pronuncien sobre el contenido del escrito para manifestar y decidir, por ejemplo, su absurdez y la necesidad de que posea consecuencias frente a las acusaciones populares por ser un clásico y burdo ejemplo de mala fe procesal».
Se destaca que «fruto de la estrategia de la acusación popular de presentar un escrito una hora antes de las declaraciones, ni las partes ni la magistrada han podido pronunciarse sobre dicho escrito».
El periodista que firma el artículo «es perfectamente conocedor de lo anterior, y de que lo único que ha aceptado la magistrada es suspender las declaraciones por ese motivo».
Como ejemplo, los expertos legales mencionan otra de las noticias publicadas por dicho diario, titulada «La jueza María Inmaculada Iglesias aceptó este lunes suspender la declaración de Amador y sus cuatro presuntos colaboradores, que estaba prevista para ese día, tras recibir una solicitud conjunta de PSOE y Más Madrid, ambos acusaciones populares, pidiendo que se tenga en cuenta estos indicios».
Enfatizan que se trata de «otro ejemplo en el que procede a manifestar realidades incompatibles con la verdad en relación a este asunto y que, en su afectación al honor, serán sometidos a la tutela judicial efectiva».
En estas circunstancias, «la información que proporciona es incompatible con la verdad y, por ello, al amparo del art. 1 de la LO 2/1984, de 26 de marzo, se solicita su rectificación, eliminando en el titular, la cabecera y el cuerpo del artículo cualquier referencia a que la magistrada haya aceptado estudiar o indagar sobre ningún delito nuevo, lo que no ha sucedido».