El expresidente de la Audiencia de Segovia, acusado de cometer un delito electoral

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Ignacio Pando Echeverría, expresidente de la Audiencia de Segovia
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Raúl Sánchez Folgueiras

Raúl Sánchez Folgueiras, economista y director adjunto de El Distrito Ha trabajado en diferentes medios de comunicación, en periódicos como Estrella Digital como director y posteriormente como redactor jefe de Merca2. Colabora como tertuliano en diferentes TV y radios nacionales. IG /Twitter: RaulFolgueiras

El expresidente de la Audiencia Provincial de Segovia, Ignacio Pando Echeverría, que dimitió el pasado 6 de mayo, está acusado de cometer presuntamente un delito electoral durante las elecciones generales del 23J de 2023, ya que ejercía como presidente de la Junta de la Mesa Electoral en uno de los colegios electorales de la ciudad de Segovia.

Esta exclusiva, que adelantó anoche el colaborador y perito informático, Gabriel Araújo en Distrito TV durante  el programa El Mundo al Rojo, pone de manifiesto que el resultado de las elecciones generales no fueron del todo transparentes, sino que se produjeron irregularidades en el escrutinio de los votos electorales en una elecciones que permitieron a Pedro Sánchez seguir en la Moncloa.

El juez que llevaba en el cargo desde julio de 2014 hasta mayo de este año, fue denunciado y según la querella interpuesta a  la que ha tenido acceso El Distrito, se sostiene que el presidente de la Junta Electoral de Segovia no realizó un escrutinio conforme a lo establecido por la ley, sino que se limitó a validar los datos provisionales proporcionados por la empresa INDRA, adjudicataria del servicio de transmisión de resultados, que podría suponer un delito electoral.

Esta actuación, argumenta la denunciante, se produjo pese a las advertencias de la Junta Electoral Central, que había recordado mediante acuerdo oficial (544/2023) que los datos de INDRA tienen carácter meramente informativo y no pueden sustituir al recuento oficial basado en las actas de las mesas electorales.

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La querella se apoya en un documento gráfico donde, según se afirma en la denuncia  se puede observar cómo el escrutinio se llevó a cabo sin cantar el nombre de los partidos ni sumar los votos públicamente. La información era leída por un vocal sin identificar a qué formación correspondía cada número, lo que hacía imposible cotejar los resultados con los datos reflejados en pantalla por la aplicación de INDRA. La única persona con acceso a este ordenador era una miembro de la Junta Electoral identificada como “Gero”, quien expresó su confusión por el orden de los partidos y la falta de coincidencia con las actas físicas.

En uno de los pasajes del vídeo aportado como prueba de la denuncia, aparece una ciudadana que no se identifica y pregunta al presidente y ex magistrado de la Audiencia de Segovia.

Ciudadana: ¿Ustedes está cotejando los datos de las actas con los datos del ordenador?.

Presidente: Claro, eso es lo que se hace

Ciudadana: Pero ustedes no están sumándolos.

Presidente: No, vamos, lo que estamos comprobando es que los datos se ajustan a lo que pone en…

Ciudadana: O sea que ustedes no lo están sumando.

Presidente: ¿Qué teníamos que sumar?.

Ciudadana: Hombre, todas las actas. El recordatorio de la JEC en el acuerdo dijo especificamente que el escrutinio general consiste en cantar todos los datos de ir sumandoslos no ir cotejando con INDRA.

Presidente: Mira, estos resultados, aquí ya están sumados y están sumados en el ordenador. Y entonces nosotros cotejamos si estos se ajusta a esto. Si esto se ajusta a esto significa que la suma, que lo que hay aquí es correcto. Porque si la suma, porque si aquí da un resultado distinto, habrá que cambiarlo, cambiaremos entonces el acta.

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Gero: Cambiará la suma.

Ciudadana: Pero, perdone que le recuerde señor Presidente.

Presidente: Así es como lo vamos a hacer. Entonces, Ud está viendo como lo estamos haciendo. Claro, si quiere poner una reclamación.

La querella argumenta que los hechos podrían constituir una vulneración grave de la legalidad electoral, afectando a uno de los pilares del sistema democrático: la pureza del proceso electoral. El artículo 140.1.d) de la LOREG penaliza expresamente la realización inexacta del escrutinio, siendo esta una conducta imputable a funcionarios públicos responsables de garantizar la legalidad del recuento.

La acusación particular insiste en que no se trata de un simple error o negligencia, sino de un posible delito electoral, dado que el presidente de la Junta fue advertido durante el acto del escrutinio y optó por continuar sin corregir el procedimiento. La querella subraya además la “grave irresponsabilidad” de haber delegado de facto el escrutinio en una empresa privada, INDRA.

En el escrito de acusación se solicita que se tome declaración al investigado, que se aporten las actas de todas las mesas electorales de Segovia y que se certifiquen los resultados oficiales. También pide ser tenida por parte acusadora en la instrucción judicial.

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La querella recuerda que la Junta Electoral Central ya ha tenido que reiterar en numerosas ocasiones que los resultados provisionales no pueden ser utilizados como base para el escrutinio oficial, mencionando acuerdos de años anteriores y una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (172/2023) en la que se censuró una práctica similar por parte de otra Junta Electoral.

La denuncia por un presunto delito electoral fue presentada ante el juzgado de instrucción de Segovia, posteriormente el juzgado se inhibió al TSJ de Castilla y León, pero la fiscalía niega la condición de aforado al magistrado, porque «la prerrogativa del aforamiento, tienen carácter excepcional y en su virtud están sujetas a interpretación y aplicación restrictiva» y que «en el caso que nos ocupa el querellado, al tiempo de comisión de los hechos denunciados, no ostentaba ninguna suerte de jurisdicción en la Junta Electoral de Segovia, que presidía, por lo que aun cuando pudieran ser hechos constitutivos de delitos, no se han cometido por el querellado en el ejercicio de su cargo, a la sazón Presidente de la Audiencia Provincial de Segovia».

Es la primera vez en España que se denuncia a un juez por presuntas irregularidades en unas elecciones en España, por lo que podría sentar un precedente, ya que la Guardia Civil está investigando en otras provincias posibles fraudes electorales con la compra de votos por parte de dirigentes del PSOE.

 

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