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¡Escándalo en el ICAM! Ochoa y Ribón cazados: sus candidaturas saltan por los aires tras descubrirse irregularidades

¡Escándalo en el ICAM! Ochoa y Ribón cazados: sus candidaturas saltan por los aires tras descubrirse irregularidades
Dos de los candidatos al decanato del ICAM, Raúl Ochoa y Eugenio Ribón.

La campaña electoral del ICAM, cuyos comicios se llevarán a cabo el próximo 20 de diciembre, no ha estado exenta de polémica, luego de que la proclamación de cinco candidatos haya sido impugnada por la aspirante de la plataforma ‘Recuperemos el Colegio’ de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados (ALA), Ángeles Chinarro

Las candidaturas de Raúl Ochoa y Eugenio Ribón al decanato del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) han sido impugnadas formalmente por la proclamación de cinco aspirantes, incluyéndoles, que siguen formando parte de la actual Junta de Gobierno, por entender que de esta manera se incumple el artículo 79.3 del Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE), que establece su dimisión previa para competir.

Ángeles Chinarro, una de las siete candidatas a presidir el ICAM, fue quien presentó el martes 8 de noviembre ante la Comisión Electoral el escrito para impugnar las proclamaciones de Eugenio Ribón, líder de la plataforma ‘Compromiso Abogacía’, y de otros tres miembros de la misma: María Dolores Fernández Campillo, Emilio José Ramírez Matos y José Ignacio Monedero Montero; así como también la de Raúl Ochoa Marco, quien encabeza el equipo ‘Ochoa, Activa el Cambio’.

“Eugenio Ribón Seisdedos es diputado 3º, María Dolores Fernández Campillo es diputada 4ª, Emilio José Ramírez Matos es bibliotecario, José Ignacio Monedero Montero es secretario y Raúl Ochoa Marco es diputado 8º”, reza el comunicado de Chinarro, capitana de ‘Recuperemos el Colegio’, la candidatura que apoya la Asociación Libre de Abogadas y Abogados (ALA).

En este sentido, ha recordado que el artículo del EGAE anteriormente referido es “absolutamente claro, no establece ninguna distinción ni excepción y se refiere a todos los miembros de la Junta de Gobierno”.

“La entrada en vigor del EGAE se produjo el 1 de julio de 2021, por lo que los Estatutos del ICAM debían haberse adaptado el 1 de julio de 2022, sin que se haya realizado. Dicho artículo 79.3 dice: ‘Ningún colegiado podrá presentarse como candidato a más de un cargo de los que integren la Junta de Gobierno. Los miembros de la Junta de Gobierno que, antes del fin de su mandato, quieran presentarse a cualquiera de los cargos que sean objeto de elección, deberán dimitir previamente del cargo que ocupen’”, ha puntualizado.

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Es por ello que ha tachado de “ilegal” las candidaturas de Ochoa y Ribón –y de los otros tres miembros de su equipo-, pues a su juicio, esta irregularidad “vicia el proceso electoral, despojándolo de los principios de igualdad de trato, limpieza y cumplimiento de normas electorales”, al tiempo que les otorga “ventaja sobre el resto de las candidaturas”.

A este respecto, ha subrayado también que los días 4 y 6 de noviembre el ICAM se hizo eco en su portal web de la dimisión de todas las personas que integraban la Comisión Electoral y están vinculadas a las candidaturas, precisamente para evitar su imparcialidad.

Por esta circunstancia la última en abandonar la Comisión Electoral fue Silvia del Saz Cordero, de la firma Andersen, donde tiene como superior a Francisco Javier Mata Vázquez, de la candidatura de Ribón.

“La Comisión Electoral vigente debe excluir a las personas candidatas que mantengan el puesto de miembro de la Junta de Gobierno del ICAM de manera simultánea a su candidatura a puestos en la nueva Junta de Gobierno resultante de las elecciones que se celebrarán el 20 de diciembre de 2022”, sentencia el comunicado de Chinarro.

Durán condena el informe del CGAE

Por su parte, el candidato favorito en la carrera por el decanato del ICAM, Miguel Durán Campos, ha expresado su disconformidad con el informe que elaboró el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) en diciembre de 2021, desestimando la necesidad de que dimitan los diputados de las Juntas de Gobierno que se presenten a unas próximas elecciones, interpretando el nuevo EGAE.

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«No hay por dónde cogerlo (…) El informe elaborado por Doña Margarita Pastor Fernández, en nombre del CGAE, me parece sencillamente imposible de asumir», ha fustigado Durán, quien está llamado a ganar los comicios del 20 de diciembre.

Dicho documento, que lleva fecha de 20 de diciembre de 2021 y título «Informe sobre la interpretación del artículo 79.3 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo», fue elaborado a petición del Colegio de Abogados de Zamora.

La organización colegial preguntaba si «un miembro de la Junta sale a elección, ¿debe dimitir si se va a presentar nuevamente a las elecciones, bien a su cargo o a cualquier otro de los que salen en la misma convocatoria?».

La autora del informe del CGAE, Pastor Fernández, después de estudiarse ese artículo del Estatuto General –que entró en vigor el 1 de julio de 2021–, responde que no es necesario, basándose en la interpretación legal de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Para Durán, el informe de la letrada es simplemente inasumible: «La señora Pastor Fernández, de cuya calidad jurídica solo podría dudar en base a este informe, utiliza una ‘tertium comparatonis’ que es de todo punto imposible pues compara la posición de los miembros del Gobierno de España con la que tienen los diputados de la Junta de Gobierno del Colegio de la Abogacía de Madrid».

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«En este caso, lo de las churras y las merinas se queda corto. Más bien habría que acudir a lo de comparar la parte que utilizamos para sentarnos con la que usamos para pensar. Con todo mi respeto, si la Comisión Electoral va a usar ese informe para mantener la situación creada nos lo va a poner fácil en la vía contencioso-administrativa. Pero se lo pondría muy difícil a la consolidación democrática del proceso electoral», ha agregado.

En opinión de este candidato, el informe hace una interpretación retorcida de un artículo que está muy claro y que no necesita una aplicación supletoria porque no existe laguna legal alguna. Lo que recuerda el viejo dicho del conde de Romanones, «hagan ustedes las leyes y déjenme a mí los reglamentos». En este caso, el «reglamento» sería el informe de Pastor Fernández.

Sobre la decisión de impugnar las cinco candidaturas mencionadas, Durán coincide con Chinarro en la irregularidad de que sean candidatos y, al mismo tiempo, diputados en ejercicio de la Junta de Gobierno saliente.

«No hay ningún tipo de duda, y se lo digo a la Comisión Electoral, esta circunstancia es absolutamente invalidante para seguir siendo candidatos, no basta con que los señores afectados dimitan como diputados. En todo caso, nos adherimos a la petición de ALA y hacemos reserva expresa de acciones legales si no se adoptan medidas urgentes», ha dicho el líder de ‘Juntos por la Abogacía’, quien también ha apoyado la propuesta de publicación de los gastos de cada candidatura.

“Nosotros lo vamos a tener fácil, porque vamos a gastar poco. Quien no vive para servir no sirve para vivir”, ha concluido.

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