El Tribunal Supremo fija la declaración voluntaria de Ábalos para el 12 de diciembre

El Tribunal Supremo fija la declaración voluntaria de Ábalos para el 12 de diciembre
El exministro de Transportes, José Luis Ábalos, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados (Madrid, España), a 22 de octubre de 2024. - Alberto Ortega / Europa Press

El juez del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha acordado fijar la declaración voluntaria del exministro de Transportes y diputado José Luis Ábalos para el próximo 12 de diciembre, a las 10 horas, en la causa abierta en su contra por la supuesta contratación irregular de mascarillas durante la pandemia.

El instructor explica que, antes de resolver si procede o no elevar el correspondiente suplicatorio al Congreso por la condición de aforado de Ábalos, ofrece al diputado la posibilidad de declarar voluntariamente -como fija la ley- en aras de favorecer su derecho de defensa.

En el auto dictado este mismo lunes, el juez avisa al exministro de que su abogado tendrá que manifestar «a la mayor brevedad» si va a acudir a la citada declaración. En caso de que la defensa responda negativamente, Puente asegura que el señalamiento del 12 de diciembre quedará sin efecto.

En la misma resolución, el instructor cita a declarar como investigados al empresario Víctor de Aldama el 16 de diciembre y al exasesor de Ábalos, Koldo García, el próximo 17 de diciembre. Explica que ha asumido la competencia para investigar a ambos por los hechos que están relacionados de forma «directa e inescindible» con los que pudiera haber protagonizado Ábalos.

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En este sentido, el juez precisa que los hechos que se investigarán a partir de ahora en el Supremo son los relativos a la adjudicación de contratos entre la Administración o entidades vinculadas a ella a empresas privadas o conductas equivalentes.

Así las cosas, el resto de asuntos bajo sospecha continuarán bajo la instrucción del juez de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, que investiga el denominado ‘Caso Koldo’.

Puente señala que el Juzgado Central de Instrucción Número 2 deberá continuar con la investigación de las diligencias previas respecto a todos los demás investigados en ellas, además de otros hechos diversos, que no guarden relación con Ábalos, y que pudieran atribuirse a Aldama y García, como, por ejemplo, delitos contra la Hacienda Pública y/o de blanqueo de capitales.

Las presuntas comisiones de Aldama a Ábalos y Koldo

El instructor del Supremo adopta esta decisión -la primera desde que asumió la causa- tras analizar la exposición razonada que recibió de manos de Moreno en el que se detalla el presunto ‘modus operandi’ de Koldo García y Víctor de Aldama junto a Ábalos.

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Según dicha exposición razonada, Aldama sería la persona que -a través de determinados pagos o de contraprestaciones económicas y aprovechando su influencia sobre Koldo García y sobre el propio Ábalos- «habría logrado para sí o para terceros y con beneficio económico propio, la adjudicación de determinados contratos, fundamentalmente con las entidades Puertos del Estado y ADIF, pero también con otras administraciones o entidades a ella vinculadas».

Koldo García, por su parte, sería la persona que podría haber actuado como enlace entre la Administración o entidades vinculadas a ella a empresas privadas o conductas equivalentes, es decir, entre Aldama y Ábalos.

El instructor indica que los pagos que Aldama podría haber realizado al empresario y al exministro «aparecen en el escenario fáctico inescindiblemente vinculados a los cobros, como igualmente no resulta factible desconectar las gestiones intermediadoras que se atribuyen al Sr. García del efecto que las mismas pudieran haber proyectado sobre la persona del aforado».

«Fácilmente se comprenderá el indisoluble vínculo entre unas y otras imputaciones si se repara en la que resultaría inconciliable coexistencia de resoluciones diversas en alguna de las cuales se descartara, por ejemplo, la existencia de los pagos, mientras otras proclamaran la realidad de los cobros», apunta el juez para justificar la citación como investigados de García y De Aldama.

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Así, el instructor indagará en las presuntas comisiones que el empresario habría pagado al exministro y su exasesor para hacerse con adjudicaciones públicas para la venta de material sanitario durante la pandemia del coronavirus.

En el marco de la resolución, Puente da un plazo de tres días a las seis acusaciones populares -PP, Vox, Hazte Oír, Liberum, Manos Limpias y Asociación de Abogados Demócratas por Europa-, a las que tiene personadas provisionalmente en la causa, para que informen sobre la posibilidad de que se acumulen en una única acusación.

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