Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

El procedimiento judicial contra Sánchez-Asiaín y Portobello podría llegar a la UDEF

El procedimiento judicial contra Sánchez-Asiaín y Portobello podría llegar a la UDEF

La magistrada Margarita Valcarce ha explicado que la llegada de las posibles pruebas de estafa a la UDEF o a la Agencia Tributaria por parte del dueño de una de las clínicas no implica la comisión de ningún delito

Según publicó a mediados de este mes de diciembre el portal La Información, el procedimiento judicial contra el empresario Íñigo Sánchez-Asiaín y el fondo de inversión Portobello Capital por la compra de la red de franquicias Unidental, que luego pasó a integrarse en el grupo Vivanta, podría llegar a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.

El cruce de querellas entre Portobello y uno de los propietarios que participó en la venta de las clínicas va «in crescendo», de acuerdo al citado medio de comunicación, luego de que una juez de instrucción de Madrid haya rechazado darle continuidad a la investigación por un presunto delito de extorsión al empresario que mantiene imputados a los responsables de la firma.

Artículo relacionado:  Cinco detenidos tras desmantelar plantaciones de marihuana y requisar una veintena de armas

Esto, por presuntamente engañar a los duelos de los centros dentales para evadir pagos pendientes por la adquisición del negocio. La magistrada Margarita Valcarce ha explicado en un auto al que ha tenido acceso La Información que la llegada de las posibles pruebas de estafa a la UDEF o a la Agencia Tributaria por parte del dueño no implica la comisión de ningún delito.

Así, ha agregado que la única intención del propietario era «que se diera cumplimiento al contrato firmado en su día». Ante ello, cabe recordar que los socios de Portobello están siendo investigados por el Juzgado de Instrucción de Madrid Nº 49 por un presunto delito de estafa que interpuso este mismo empresario, quien alega la existencia de una doble contabilidad.

La denuncia del dueño de uno de los locales en cuestión se sustenta en un correo electrónico que recibió por error de parte de un empleado de Vivanta, el cual contenía un archivo que presuntamente reflejaba las cifras reales de las clínicas y, por otro lado, las cuentas que la firma de capital privado habría manipulado para registrar una cifra de ingresos menor.

Artículo relacionado:  Cae una banda acusada de robar monedas antiguas en dos filatelias y en varias tiendas

El fin de reflejar estas pérdidas era para Portobello, según el denunciante, justificar ante los vendedores que no abonarían las cantidades pendientes y aplazadas tras la compra, algo que el fondo de inversión niega rotundamente y, en respuesta a ello, presentó también una querella contra esta persona, a la que compró su clínica en 2018.

Fue justo en ese proceso cuando Sánchez-Asiaín y sus socios han asegurado que el dueño de ese centro les «amenazó» con ir a Hacienda y a la Policía para denunciarles por el impago de 77.000 euros antes de acudir a los tribunales para abrir la causa judicial en su contra, pero el Juzgado de Instrucción Nº 16, encargado de la investigación, ha descartado la presunta «extorsión».

En concreto, la magistrada Valcarce ha acordado el archivo de las actuaciones y ha reiterado en el auto mencionado anteriormente, con fecha del pasado 3 de diciembre, que el hecho de que el querellado pusiera de manifiesto su «discrepancia con las cantidades abonadas» no implica que esté ante «un delito e extorsión».

Artículo relacionado:  Herido grave por arma blanca un joven de 22 años en el distrito de Puente de Vallecas

En ese sentido, ha argumentado que la advertencia hecha por el propietario de su intención de poner a disposición de la AEAT o de la UDEF los documentos que le llegaron por error, no ha incluido ningún tipo de «violencia ni intimidación», lo que le ha llevado a tomar la decisión ya comentada.

También ahonda en que hay dos requisitos que deben darse a la hora de identificar «actos intimidatorios»: el primero, que su contenido sea «objetivamente compulsivo», y el segundo «que la intención del autor sea la de influir en el sujeto pasivo», algo que a su juicio «no ocurre en el presente supuesto».

Loading

Loading

Etiquetas:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

el distrito tv

lo más leído

Lo más visto

Scroll al inicio