El concierto de Taylor Swift en el Bernabéu no podrá superar los 53 decibelios
Un hombre con una camiseta de las fechas de la gira de Taylor Swift, en los alrededores del Estadio Santiago Bernabéu. - Matias Chiofalo. Europa Press-

Según informa Legálitas, el concierto de Taylor Swift en el Santiago Bernabéu no podrá superar los 53 decibelios. Esto incluye las dos fechas en las que la artista estará sobre el escenario de la capital: tanto el miércoles 29 como el jueves 30 de mayo. Así lo ha establecido la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT).

Según la empresa, si el nivel de ruido establecido por la legislación (53 decibelios) no es excedido en más de cuatro decibelios, se considerará una infracción «leve». No obstante, si se supera dicho límite en más de cuatro decibelios, pero no se causa un impacto «grave en el medio ambiente, la infracción es grave».

Sanciones si no se cumple la norma 

En caso de una falta leve, la sanción podría ascender a 600 euros. Si se trata de una falta grave, la multa varía entre 601 euros y 12.000 euros, mientras que, para las faltas muy graves, la sanción oscilará entre 12.001 euros y 300.000 euros.

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También, la empresa indica que los residentes que residan cerca del Bernabéu pueden solicitar al consistorio que realice una inspección y que la autoridad correspondiente aplique las medidas preventivas necesarias.

Asimismo, se requerirá que los espectadores del concierto cumplan con las regulaciones sobre control de niveles de sonido y el deber de mantener en buen estado el espacio público. Así que si se produce un exceso de ruido o se ensucia la vía pública durante la espera en la fila para ingresar al recinto, se podrán aplicar las sanciones estipuladas en la OPCAT y en la Ordenanza 12/2022, de 20 de diciembre, de Mantenimiento de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular.

Centros sanitarios y educativos cercanos al Bernabéu

En contraste, la compañía señala que no es «ilegal» organizar un espectáculo cerca de una institución educativa. Aun así la OPCAT impone restricciones en cuanto al volumen de ruido permitido en estas estructuras, los cuales son inferiores a los de otros lugares.

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Específicamente, el sonido recibido en las aulas no puede exceder los 35 decibelios, ya sea por la mañana, tarde o noche. Mientras tanto, los despachos o salas de estudio no pueden superar los 30 decibelios, sin importar el horario.

De acuerdo con Legálitas, en las habitaciones de los centros de salud, no se permite recibir ruidos de más de 30 decibelios por la mañana y tarde, ni más de 25 decibelios durante la noche. En las demás áreas de un centro de salud, se fija un tope de 40 decibelios durante las mañanas y tardes, y 30 decibelios durante las noches.

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