Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido este miércoles invalidar los votos delegados del ex presidente catalán Carles Puigdemont y del ex consejero Lluís Puig en varios acuerdos que llevaron a la formación del actual Parlament, aceptando de este modo un recurso presentado por el PP, según fuentes legales consultadas por Europa Press.
Es un recurso que han presentado los diputados ‘populares’ en contra del acuerdo de la Mesa de Edad del 10 de junio de 2024, el pacto sobre la elección de la Mesa del Parlament, así como el acto del presidente que lo declaró constituido, incluyendo los votos delegados de Puigdemont y Puig.
Se ha aceptado la ponencia del magistrado conservador Ricardo Enríquez, en la cual se proponía reconocer la impugnación del PP, aplicando la doctrina establecida en junio pasado, cuando el TC declaró nulo el voto telemático de Puig en la legislatura anterior, otorgando de este modo la razón a un recurso de Socialistes i Units per Avançar.
El Tribunal Constitucional ya implementó su doctrina en septiembre pasado al aceptar de manera unánime los recursos presentados por Vox y Ciudadanos en contra de la misma resolución de la Mesa del Parlament que permitió el voto delegado de Puig durante la legislatura anterior.
Sin consecuencias prácticas para Puigdemont
Las fuentes revisadas señalan que la declaración de nulidad relativa a los votos de Puigdemont y Puig no tendrá consecuencias prácticas en el Parlament actual, ya que esos votos no fueron decisivos para los acuerdos alcanzados, a los cuales no se les ha aplicado la nulidad.
El 18 de junio, la corte de garantías desestimó la solicitud del PP de implementar la medida cautelarísima para suspender los votos delegados, argumentando, en efecto, que «no tuvieron incidencia en el resultado de las elecciones realizadas el 10 de junio pasado».