Conde Pumpido
El presidente del Constitucional, Conde-Pumpido

El ‘indulto encubierto’ otorgado por el Tribunal Constitucional bajo la presidencia de Cándido Conde-Pumpido a los condenados del caso ERE de Andalucía, como los expresidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán, se plantea que sea llevado ante la justicia europea por la Audiencia Provincial de Sevilla.

Una providencia, a la que Libertad Digital ha tenido acceso, presenta, a través de la Sección Primera del tribunal provincial, interrogantes respecto a la conformidad de la resolución del Tribunal Constitucional, que anuló la condena de prisión del ex presidente andaluz José Antonio Griñán y redujo la pena del también ex presidente Manuel Chaves, con el derecho de la Unión Europea. Se plantea si esto es completamente «compatible» con la normativa de la Unión Europea y se ha solicitado a las partes su opinión sobre si la corte de garantías se «extralimitó» e «interfirió» en ámbitos que corresponden a los jueces.

Por este motivo, se concede la oportunidad a las partes para que expongan sus argumentos sobre la posible formulación de una cuestión prejudicial de interpretación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), justo después de que el PP, que actúa como acusación popular en la gran causa, ya hubiese presentado una cuestión prejudicial vinculada a este tema.

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Además, el documento cuestiona a las partes si la interpretación del Tribunal Constitucional respecto a las normativas presupuestarias en las cuales se distribuyeron las ayudas «contradice la normativa y la jurisprudencia de la Unión Europea«. Esta incertidumbre surge a raíz de la resolución del TC de eximir a los antiguos altos funcionarios de la Junta, argumentando que la creación y ejecución de un sistema de asignación de ayudas muy flexible no puede ser tildada de delito, dado que esas regulaciones son posteriormente respaldadas por el poder legislativo.

Las partes son interrogadas por la Audiencia Provincial de Sevilla sobre si ese enfoque del TC no implica «excluir del control cualquier aspecto relacionado con la gestión presupuestaria» desde su redacción hasta su ejecución. La corte plantea si tal postura del TC «podría ocasionar una falta de protección del patrimonio público, una disminución en la actividad patrimonial del Estado y un debilitamiento de la confianza de la sociedad en la administración honesta de los fondos públicos».

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Dentro de los aspectos que deben analizar las partes antes de plantear la cuestión prejudicial, se encuentra también la potencialidad de que la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional respecto a los ERE «vulnere las demandas internacionales en la lucha contra la corrupción política». La Audiencia menciona la posibilidad de que se produzca un incumplimiento del Tratado de Funcionamiento de la UE en lo que concierne a la lucha contra el fraude y a las acciones que afectan los intereses financieros de la comunidad. La providencia también señala un posible perjuicio en relación con «la implementación de sanciones efectivas y disuasorias» en caso de existir infracciones en este ámbito.

Finalmente, el documento hace referencia a la eventualidad de que las cortes ordinarias no ejecuten las resoluciones del Tribunal Constitucional que interpretaron las leyes autonómicas, aludiendo a los mencionados presupuestos regionales, los cuales «inducen a considerar como permitidas las conductas» de los acusados en el asunto de los ERE, en oposición a la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 2019, que posteriormente fue confirmada por el Tribunal Supremo en el verano del año 2022.

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Esta misma semana conocimos que el sindicato Hazte Oír había presentado ante el Tribunal Supremo una querella por prevaricación contra Cándido Conde-Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional, por graves irregularidades en el ejercicio de sus funciones. La organización sostiene que Conde-Pumpido vulneró su obligación legal de abstenerse en la admisión a trámite de recursos de amparo presentados por Dolores Delgado y Esteban Rincón

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