El Juzgado de lo Penal número 6 de Alcalá de Henares ha absuelto a un acusado de delitos de maltrato y violencia en el ámbito familiar, con episodios como romper a su pareja la prótesis mamaria durante una pelea.
Así consta en una resolución, a la que tuvo acceso Europa Press y ha adelantado ‘El Mundo’, en el que el juez exonera al acusado de los delitos por los que había sido acusado. En el juicio, el fiscal solicitó cinco años de cárcel por un delito de violencia psíquica habitual en el ámbito familiar, amenazas y maltrato en el ámbito familiar y la víctima solicitaba 45.000 euros.
La relación sentimental entre la denunciante y su expareja arrancó en 2017. Tras cesar la relación tres años más tarde, la mujer le acusaba de un excesivo control, impedirle tener relaciones sociales, manipularla, menoscabar su autoestima con insultos gruesos como «zorra», «hija de puta» o «asquerosa», y desprecios llegando en una ocasión a pegarla y amenazarla de muerte.
Según el informe psicosocial aportado por la denunciante, la situación «le provocó un desequilibrio y comportamientos compatibles con situaciones de maltrato psicológico», desarrollando ansiedad, depresión y fobia social.
La defensa señala «ánimo espurio»
Ante la ausencia de pruebas más allá del testimonio de la denunciante, y asistido por el abogado Juan Gonzalo Ospina, el acusado negó los hechos, señalando un «evidente ánimo espurio» en la denuncia al no aceptar la ruptura de la convivencia.
La defensa recuerda que la denunciante en agosto de 2020 trató de retomar la relación con engaños al denunciando, diciéndole que estaba embarazada, «no creyéndose este hecho su representando, al no acceder a retomar la relación le amenazaba con acudir a comisaria».
El relato de los hechos para la defensa es «una mujer despechada al no lograr retomar el noviazgo con su expareja y creer que este ha iniciado una nueva relación, lo que demuestran mediante conversaciones de mensajería instantánea y correos electrónicos», por lo que solicitaba la absolución de su cliente.
Derecho a la presunción de inocencia
El juez declara la libre absolución del acusado del delito de violencia doméstica habitual, del delito de maltrato en el ámbito familiar y del delito de amenazas en el ámbito familiar del que había sido acusado, declarando su libre absolución.
Para la sala ha pesado el derecho a la presunción de inocencia «como un derecho fundamental que toda persona ostenta y, en cuya virtud, ha de presumirse inicialmente inocente ante las imputaciones que contra ella se produzcan».
El tribunal analiza en la sentencia las acusaciones, determinando que «son múltiples los correos electrónicos en que se utilizan expresiones malsonantes y minusvalorantes por parte del uno al otro y viceversa».
Para el Juzgado si bien no comprenden esta manera de interrelacionarse, expresando que «no resulta éticamente correcta ni educada» consideran que la reciprocidad existente impide considerar que se haya producido «delito alguno de vejaciones injustas al resultar diluido el ánimo ofensivo y humillante».