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Virgen del Mar indemniza con 105.000€ a familiares de un paciente que falleció por «una deficiente asistencia»

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El Juzgado de Primera Instancia nº 52 de Madrid homologa un Acuerdo extrajudicial, alcanzando entre los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ y la aseguradora del Hospital Virgen del Mar de Madrid, mediante el cual, ésta última deberá indemnizar en 105.000 euros a la familia de un paciente fallecido por “la deficiente asistencia sanitaria prestada”. Fue dado de alta en el Servicio de Urgencias con un aneurisma que, posteriormente y ya en su domicilio, provocó su fallecimiento.

Según detalla el ‘Defensor del Paciente’, sobre las 7:00 horas del 22 de junio de 2015, Don A.J.G., de 70 años, acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Virgen del Mar de Madrid como consecuencia de un cuadro de dolor lumbar y nauseas. El paciente presentaba antecedentes por cardiopatía isquémica con la colocación de dos Stent cardiacos y tabaquismo. “Sin embargo, en su ingreso en Urgencias nadie se interesó por sus antecedentes ni se llevó a cabo la más mínima anamnesis para conocer las circunstancias del paciente. No se llevó a cabo una palpación abdominal, ni se le tomaron las constantes, ni la temperatura, ni la tensión arterial, ni se indagó sobre el posible origen del cuadro. Se dio el alta médica al paciente con un diagnóstico de “lumbalgia aguda”. Sobre las 9:00 horas de la mañana el paciente regresó dolorido y con mal estado general a su domicilio”, relata el organismo.

Sobre las 10:30 horas del mismo 22 de junio de 2015 y estando ya en su domicilio, Don A.J.G. sufrió un mareo o síncope. Su familia avisó al Servicio de asistencia domiciliaria que, a su llegada, encontró al paciente hipotenso y mal perfundido. A los pocos minutos de la llegada del servicio de asistencia domiciliaria entró en parada cardiorrespiratoria (PCR), iniciando maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) avanzada. El paciente fue trasladado en UCI móvil al Servicio de Urgencias del Hospital La Moraleja donde ingresó sobre las 11:30 horas con actividad eléctrica sin pulso.

Esta vez sí se llevó a cabo un estudio y valoración de sus antecedentes, al contrario que en el ingreso anterior. A pesar de las medidas adoptadas por la UCI no se logró recuperar latido efectivo, falleciendo Don A.J.G. a las 12:15 horas del 22 de junio de 2015. Según revela el Letrado de la familia y de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, D. Álvaro Sardinero, la autopsia judicial determinó que el fallecimiento se produjo a consecuencia de la rotura de un aneurisma de aorta abdominal.

Tras la interposición de la Demanda contra el centro hospitalario en reclamación de 105.000 euros se ha alcanzado un acuerdo homologado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 52 de Madrid por el que se reconoce la deficiente asistencia sanitaria y se indemniza a la esposa y dos hijas mayores de edad en la misma cantidad reclamada por los demandantes.

 

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